Mi querido Miguel Higueras Cleries. Le agradezco enormemente su contribución a este humilde blog. Efectivamente da qué pensar el hecho de que nuestros blogs sean anónimos, lo cual estoy de acuerdo que es un claro síntoma de la imperfectísima democracia vigente en este pueblo. Pero es todo lo que acuerdo con usted. En lo demás que dice, permítame disentir. Usted afirma que “quien no quiera o no se atreva a sostener a pecho descubierto las opiniones que exprese en público, no debería poder expresarlas ni siquiera en la discreción sacramental de un confesionario”. Según esta regla de tres no existiría El Lazarillo de Tormes por ejemplo, cuyo autor prefirió mantenerse anónimo al lanzar a lo público su visión sobre la realidad nada halagüeña que le rodeaba y sobre todo para las decisiones de quienes gobernaban. Tampoco habría tenido cabida en sus esquemas, señor Higueras Cleries, gran parte de la obra satírica de Quevedo, que se metía con todo hijo de vecino en la corte amparado en el anonimato, sacando a relucir cotilleos, murmuraciones y bellaquerías sin cuento sobre sus gobernantes y que por cierto le valieron la enemistad de un famoso valido cuando se enteró de quién estaba detrás de aquellos anónimos versos que circulaban por calles, tabernas y lupanares y que sentía le vejaban en su dignidad de gran hombre de Estado. No me quiero extender en ejemplos, que muchos hay, para ilustrar lo que digo, ¿o no conoce acaso ninguna obra, poema u opinión que hayan sido firmados con seudónimo?
Le recuerdo que el seudónimo y el anonimato se utilizan para centrar la atención en lo dicho y no en quien lo dice. Ya que una de las técnicas habituales de los grupos de corte sectario es la de derivar la verdad de lo que se cuenta por algún defecto de quién lo hace. Es lo que se llama argumento ad hominem.
También se usan porque es un derecho poder hacerlo, ya que corresponden al autor los siguientes derechos irrenunciables e inalienables:
Le recuerdo que el seudónimo y el anonimato se utilizan para centrar la atención en lo dicho y no en quien lo dice. Ya que una de las técnicas habituales de los grupos de corte sectario es la de derivar la verdad de lo que se cuenta por algún defecto de quién lo hace. Es lo que se llama argumento ad hominem.
También se usan porque es un derecho poder hacerlo, ya que corresponden al autor los siguientes derechos irrenunciables e inalienables:
1) Decidir si su obra ha de ser divulgada y en qué forma.
2) Determinar si tal divulgación ha de hacerse con su nombre, bajo seudónimo o signo, o anónimamente (Articulo 14, apartados 1 y 2, de la Ley de propiedad intelectual española. Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. BOE núm. 97, de 22-04-1996.).
2) Determinar si tal divulgación ha de hacerse con su nombre, bajo seudónimo o signo, o anónimamente (Articulo 14, apartados 1 y 2, de la Ley de propiedad intelectual española. Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. BOE núm. 97, de 22-04-1996.).
Por último y respecto a lo que dice de que “sostener lo que se dice es de personas honradas y el cotilleo o la murmuración no son más que bellaquerías del sórdido ámbito del burdel”, le diré que la honra en esta España nuestra siempre ha estado demasiado sobrevalorada de puertas para afuera con manga muy ancha de puertas para adentro, que quien nunca haya cotilleado que tire la primera piedra (y ahí tos nos quedamos quietecitos quietecitos incluido usted), que en los burdeles a lo que menos se dedican quienes los frecuentan es a la murmuración porque hay cosas más interesantes que hacer, entre ellas (las menos) inspirar obras de arte como las de muchos impresionistas o letrillas como aquellas de Quevedo:
Puto es el hombre que del poder fía,
y puto el que sus gustos apetece
Puto es el hombre que del poder fía,
y puto el que sus gustos apetece
puto es el estipendio que se ofrece
en pago de su puta compañía….
Y porque a qué engañarnos: sí, soy un bellaco, voto a bríos, y me van las bellaquerías. Puto es el gusto y puta la alegría...